Devolución de las Arras en Cataluña en el supuesto de no concederle al comprador el préstamo hipotecario.
Si con posterioridad a la celebración de un contrato de arras, el comprador no obtiene financiación suficiente para satisfacer el precio de compraventa, sólo en casos excepcionales puede recuperar el importe satisfecho en concepto de arras.